JurídicoESEN
Order (Auto)August 24, 2022

A- de 2022

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera

✓Claimant Restrepo Mario·Respondent Notaria Unica De Dosquebradas Risaralda

✓
Topic · hard data
Conocimiento De Acciones Populares O De Grupo Cuando El Sujeto Pasivo Es Una Entidad Pública O Un Particular Que Desempeñe Funciones Administrativas.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Conocimiento de acciones populares o de grupo cuando el sujeto pasivo es una entidad pública o un particular que desempeñe funciones administrativas
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Civil del Circuito de Dosquebradas (Risaralda) y el Juzgado Séptimo Administrativo de Pereira (Risaralda).

Dicha controversia se originó en una acción popular interpuesta por un ciudadano en contra del Notario 1 de Dosquebradas Risaralda.

Fundamentaron la acción, en que el mencionado notario ha vulnerado los derechos colectivos de las personas en situación de discapacidad que presentan hipoacusia o sordo-ceguera.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte dio aplicación a la regla de decisión fijada en el Auto 1100 de 2021 y reiterada en el Auto 018 de 2022, según la cual, la jurisdicción contencioso administrativa es la competente para conocer de las acciones populares en las que se pretende el desarrollo de las adecuaciones para la prestación del servicio público notarial para personas en condición de discapacidad.

Lo anterior, por cuanto las pretensiones se relacionan estrechamente con la función administrativa desarrollada por los notarios como particulares.

En consecuencia, se ordenó remitir el expediente al Juzgado Séptimo Administrativo de Pereira, (Risaralda) para lo de su competencia y para que comunique la providencia.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Primero. Civil del Circuito de Dosquebradas (Risaralda) y el Juzgado
  3. Séptimo. Administrativo de Pereira (Risaralda), en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  4. Séptimo. Administrativo de Pereira (Risaralda), es la autoridad competente para conocer la acción popular interpuesta por Mario Restrepo en contra del notario 1 de Dosquebradas (Risaralda).
  5. Segundo. REMITIR el expediente CJU-1660 al Juzgado
  6. Séptimo. Administrativo de Pereira, (Risaralda) para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
  7. Primero. Civil del Circuito de Dosquebradas (Risaralda).
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.